EL
MODELO -CRA- COLEGIO RURAL AGRUPADO EN ESPAÑA: ORÍGEN Y EVOLUCIÓN.
Dra.
Virginia Domingo Cebrián
Profesora
del Departamento de Ciencias de la Educación
Universidad
de Zaragoza. Campus de Teruel (España)
Palabras
clave
Modelo
organizativo - pedagógico, educación rural, igualdad de
oportunidades, calidad educativa
Resumen
La
educación rural en España hace unos años era de segunda
categoría. Las
oportunidades educativas privilegiaban al medio urbano, todo lo que
en política se decidía estaba pensado para centros completos
situados en localidades grandes. Mientras las escuelas pequeñas
rurales iban cerrando sus puertas y por lo tanto desapareciendo los
pueblos. Por ello, muchos de los territorios rurales españoles
parecían auténticos desiertos. Esto provoco una gran indignación a
los habitantes del medio rural y en algunos lugares comenzaron a
luchar por la igualdad de oportunidades, entre ellos, el derecho a
una educación de calidad. En la Comunidad Autónoma de Castilla y
León fueron los primeros que se aventuraron a constituir un nuevo
modelo pedagógico – organizativo llamado CRA. A partir de ese
momento, la política educativa comenzó a cambiar y en 1986 los CRA
ya estaban regulados legalmente. En esta comunicación conoceremos
sus orígenes y su posterior difusión. Así como, las opiniones de
las personas que día a día se encuentran en el medio rural y
apoyan/ sirven/ trabajan en los CRA.
I.
La educación rural en España: desde la Ley de Enseñanza de 1945
hasta el nacimiento de los CRA.
Después de la Guerra Civil, hubo un
cambio dramático en la educación española. La política educativa
del Franquismo asume la subsidiariedad de la enseñanza nacional o
pública y deja en manos de la Iglesia el papel determinante en la
educación.
Los principios básicos para conseguir
forjar la nueva juventud se insertaban en cuatro bloques educativos:
la religión, la patria, el civismo y la gimnasia.
Las características y los contenidos
de las enseñanzas de estos bloques educativos aseguraban el
adoctrinamiento, la sumisión y la obediencia al nuevo orden político
y social impuesto por el régimen.
Todo lo anterior quedaba recogido en
la Ley de Enseñanza Primaria de 17 de julio de 1945, presentada por
el entonces ministro de Educación, José Ibáñez Martín, donde se
expresa que la educación en España “debe ser primordialmente
católica, española y debe estar al servicio de los intereses de la
Patria”.
Esta ley, de 1945, planteaba una
escolaridad obligatoria desde los 6 años con una diferenciación
clara: hasta los 10 años para los que ingresen en el Bachillerato y
hasta los 12 años para los que deban incorporarse al mundo laboral.
Ello implicaba el cierre de muchas escuelas, fundamentalmente en el
medio rural, a cuya población se le cerraron las puertas del acceso
a la segunda enseñanza que estaba en manos de la Iglesia y en zonas
urbanas.
En el artículo 21 de dicha ley se
define la escuela unitaria como aquella enclavada en núcleos de
población que, en un radio máximo de un kilómetro, superase los
250 habitantes mínimos para la creación de una escuela y que podía
estar regentada por una persona que tuviese estudios de carácter
eclesiástico o civil, si la localidad era menor de 501 habitantes,
o, en localidades menores por personas que manifestasen su deseo de
encargarse de la docencia. En el caso de que la población estuviese
más diseminada, las autoridades deberían facilitar medio de
transporte a los niños o estos acudir a las Escuelas Hogar.
Durante la década de los 50 del
pasado siglo, la escuela rural unitaria, con la vivienda adosada a la
escuela y un mísero salario fue la estampa clásica de la educación
en España; contrapuesta a la escuela graduada y considerada de peor
categoría, siendo el único reducto cultural de muchos núcleos
dispersos.
Desde la promulgación de la Ley de
1945 hasta la de su texto refundido de 1967, transcurren veintidós
años, tiempo suficiente para que aquella ley se modificase en los
aspectos o apartados que fuesen precisos. Pero lo cierto es que las
modificaciones son mínimas y, sin duda, sus principios y fundamentos
doctrinales siguen inalterables.
En cuanto al número de escuelas hay
una ampliación, ya que dice que “El Estado creará Escuelas de
Enseñanza Primaria y de preescolar”, pudiendo considerarse esto
último como una novedad.
También recoge la organización de
Agrupaciones Escolares,
"como colegio o
escuela graduada cuyas aulas están localizadas dentro del radio de
un kilómetro y Escuelas Comarcales, como la escuela o grupo de
escuelas cuyos alumnos proceden de distintas localidades";
este planteamiento antes no
existía.
A finales de los años 60 se empieza a
resquebrajar este panorama monolítico y, tímidamente, van
apareciendo grupos clandestinos que se oponen al régimen franquista
y que por los pequeños resquicios que se presentan van mostrando
nuevas formas de actuar.
Las transformaciones que se estaban
produciendo en la sociedad española reclamaban un sistema educativo
acorde. Surge así la Ley General de Educación de 1970, que
determinó toda la política educativa de esa década y los primeros
años de la siguiente.
Sin embargo, la escuela
rural fue la gran olvidada por
la Ley General de Educación. La especialización del profesorado, la
necesidad de nuevos espacios y de más recursos no podía afrontarse
desde la realidad de las pequeñas escuelas rurales y Aragón era, y
sigue siendo, un gran territorio rural. Por todo esto, se inició una
política concentradora apareciendo así dos tipos de centros:
- Las concentraciones escolares. Se crearon escuelas en las cabeceras de comarca para agrupar a los niños y niñas de los pequeños núcleos rurales de alrededor. Los alumnos a través del Servicio de Transporte Escolar eran recogidos por la mañana en sus localidades, pasaban el día en la escuela, donde hacían la comida del mediodía y por la tarde eran de nuevo transportados a sus casas.
- Las escuelas-hogar. Eran internados en los que los niños y niñas residían durante la semana para asistir a esas escuelas de concentración cuando por razones de distancia física no podían realizar el viaje diario de ida y vuelta de sus casas a la escuela, al no disponer de escuelas en su lugar de residencia.
La política concentradora recogida en
la Ley General de Educación provocó el cierre de muchas escuelas y
la incorporación del profesorado a las concentraciones tratando de
encontrar mejores condiciones laborales
En 1983, apareció el Real Decreto de
Educación Compensatoria que proponía medios y recursos
extraordinarios adicionales para tratar desigualmente a los que eran
socialmente desiguales con aspiración a la igualdad de resultados en
la educación obligatoria. Un programa de actuación educativa
preferente destinada a compensar positivamente las desigualdades e
insuficiencias que el sistema escolar ordinario tenía en grandes
bolsas, tanto de carácter social como geográfico, deprimidas
sociológicamente y sin dotar en términos de servicios sociales y
culturales. Tal y como muestra su artículo 1 “en beneficio de
aquellas zonas geográficas o grupos de población que por sus
especiales características requieren una atención educativa
preferente”.
Así mismo, en 1985, surgió la Ley
Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación que dejó plasmado
el derecho de todos los españoles a recibir una educación gratuita
y sin discriminaciones.
II.
Orígenes de los Colegios Rurales Agrupados en España
Como precedente al nacimiento de los
Centros Rurales Agrupados (CRA), destaca el proyecto de Educación
Compensatoria desarrollado en el valle de Amblés, Ávila. En él,
nueve escuelas unitarias ya no asistieron al Colegio de Concentración
de Ávila porque decidieron funcionar como un centro completo con
claustro común, consejo escolar, equipo directivo, proyecto
curricular, materiales y recursos didácticos. Con este nuevo modelo
organizativos las pequeñas escuelas unitarias no se suprimían, los
alumnos de preescolar y de ciclos inicial y medio de EGB permanecían
en sus localidades de origen, diversos profesores de la plantilla del
CRA impartían clases de forma itinerante en varias localidades y era
posible la utilización conjunta de las instalaciones,
independientemente del pueblo de ubicación.
Durante los cursos 1983/1984 y
1984/1985 la experiencia funcionó sin reconocimiento legal. Existía
únicamente una aprobación oral por parte de la Administración
Educativa.
El planteamiento inicial de la
experiencia, presentaba tres líneas de acción:
- La estructura organizativa de la Escuela Rural, que pretendía superar el esquema escuela unitaria-pueblo y considerar la agrupación de varias unitarias situadas en diferentes pueblos de una comarca, como un solo Colegio Público Completo.
- Responder a las demandas de la cultura rural, con una pedagogía adecuada al medio.
- Intentar establecer cauces permanentes de participación y formación de padres con una doble finalidad: que el proyecto fuera dando respuesta a las inquietudes educativas de los mismos, y que la escuela estuviera presente en los problemas socioeconómicos del medio y colaborase para que la educación y el desarrollo de la comarca se produjeran paralelamente.
Fue el 12 de abril de 1985, mediante
una Resolución de la Subsecretaria del Ministerio de Educación y
Ciencia, cuando se aprobó el Colegio Rural Agrupado “Valle de
Amblés” con carácter experimental, subrayando el objetivo
primordial del proyecto:
“Encontrar nuevos enfoques
didáctico-pedagógicos y aplicar formas originales y flexibles de
agrupamiento y organización, adaptados a las específicas
circunstancias del ámbito rural”
Más adelante el documento destacaba
la importancia de experiencias como ésta:
“Mediante ellas se va a dar origen a
una modalidad de Colegio Público Rural, suficientemente potenciado,
que constituya una alternativa válida a las concentraciones
escolares”
Nacían así los Centros Rurales
Agrupados (CRA),
bajo el Real Decreto
2731/1986, de 24 de diciembre, sobre constitución de Colegios
Rurales Agrupados de Educación General Básica,
que se han consolidado plenamente en todo mundo rural español tras
su extensión y creación con la finalidad, según su artículo 1.1,
de “mejorar las condiciones y calidad de la enseñanza en las zonas
rurales”. Se trataba, según la nueva legislación, de:
“…hacer posible el mantenimiento
de pequeñas escuelas sin detrimento de su fortaleza organizativa,
mejorar la calidad educativa desde un mayor poder organizativo,
acabar con el aislamiento del maestro de las pequeñas escuelas,
dotar al ámbito rural de los recursos adecuados y compartidos,
posibilitar la adecuación del currículo a la realidad de los
pueblos, desarrollar proyectos pedagógicos u organizativos adaptados
al contexto y compartir los maestros especialistas”.
El nuevo planteamiento intentaba
superar el discurso tradicional entre la política de
concentraciones escolares de los años setenta y la permanencia a
toda costa de las escuelas unitarias, con las consecuencias de
dispersión, aislamiento y falta de igualdad de oportunidades. En el
mismo Decreto se hacía una dura crítica a la política de
concentraciones escolares en Centros Comarcales impulsada por la Ley
General de Educación de 1970.
Por lo tanto, podemos definir Colegio
Rural Agrupado -CRA-, como un modelo organizativo y pedagógico,
promovido por la Administración Educativa y las Comunidades Rurales,
que permite el mantenimiento de las pequeñas escuelas unitarias y de
los centros incompletos en sus localidades de origen. En definitiva,
el CRA está constituido por la suma de todas las unidades y aulas
dispersas que lo componen.
Será el mismo profesorado el que
precise con gran realismo centros
como aulas con pasillos muy largos que son las carreteras que
comunican las distintas localidades.
III.
Evolución de los Colegios Rurales Agrupados en España
Los Informes del Consejo Escolar del
Estado en los últimos veinte años han dedicado siempre un apartado
a La Escuela Rural. Desde aquí se ha ido mostrado la evolución de
centros, localidades, alumnos y profesores. Así mismo, también se
iban exponiendo las evoluciones legislativas y normativas que
afectaban al medio rural. Y por último, siempre han recogido sus
valoraciones, opiniones y recomendaciones que instaban a la
Administración Educativa a actuar en consecuencia.
A lo largo de los cursos escolares los
Informes muestran los esfuerzos que desde las Administraciones
Educativas – estatal y autonómicas - se han hecho para desarrollar
acciones de apoyo a la escuela rural. Estas podrían fundamentarse en
cuatro ejes, que son:
- El funcionamiento de los Centros de Recursos y Servicios de Apoyo.
- Los Centros Rurales de Innovación Educativa.
- Los Colegios Rurales Agrupados.
- Las acciones dirigidas al alumnado preescolar desescolarizado.
Pero a su vez también estiman que,
pese a los recursos dedicados a la escuela rural, es necesario
realizar esfuerzos mayores, pues siguen existiendo importantes
dificultades que afectan a muchos centros rurales. También destacan
la figura de los maestros especialistas itinerantes, que surgen del
modelo CRA, ya que han permitido dotar de forma generalizada de
especialistas a la zona rural. Así mismo, advierten que las
condiciones laborales de dicho colectivo deben de mejorarse, a nivel
económico y en compensación horaria. Finalmente se insta a las
administraciones educativas a establecer un plan para la Escuela
Rural, contemplando medidas de discriminación positiva, el cual se
lleva pidiendo desde el curso 1994-1995.
En el curso 2000-2001, se pide a las
Administraciones Educativas que hagan un gran esfuerzo en las zonas
rurales enriqueciendo su medio cultural y que en los núcleos rurales
se garantice el aprendizaje del uso de medios informáticos y se
provea por los medios públicos de acceso a la red.
Una escuela rural de calidad supone:
- Incremento de número de aulas
- Mejores dotaciones materiales para esas aulas, garantizando a sus alumnos las mismas posibilidades educativas que a los de las ciudades.
- Mejora de las condiciones de trabajo del profesorado itinerante, con incremento de plantillas.
En el curso 2001-2002, se insta a las
Administraciones Educativas a que doten con más plantilla de
personal a la escuela rural y a que se conserven las tutorías de las
aulas con los maestros generalistas y también se exige que se
potencien los Centros Rurales de Innovación Educativa.
En el curso 2004-2005, se solicita a
las Administraciones Educativas que atiendan de manera adecuada a los
maestros que trabajan en los CRA y en el medio rural de manera
especial en lo que se refiere a:
- Atender su formación permanente.
- Reducir sus horarios lectivos en función de sus horas de itinerancia.
- Cubrir de manera suficiente los gastos y los riesgos del transporte, de estos maestros, o dotarlos de vehículos de la Administración.
En el curso 2005-2006, se requiere a
las Administraciones Educativas a ofrecer a todos los alumnos en las
zonas rurales la aplicación a la enseñanza de las nuevas
tecnologías como una medida, entre otras, para compensar la
situación peculiar de aislamiento cultural del alumnado y la falta
de medios y recursos en dichas zonas rurales.
En el curso 2007-2008, se insta a las
Administraciones Educativas a que sigan promoviendo el uso de las
nuevas tecnologías y a que incrementen el número de maestros de
apoyo en los centros rurales.
En el último informe del curso 2010-
2011 establece como necesario:
- La dignificación de las condiciones laborales del profesorado de la zona rural, estableciendo medidas compensatorias positivas que propicien su estabilidad, regulando y mejorando las condiciones de los profesores itinerantes y de otros colectivos obligados a itinerar por razones de servicio.
- El establecimiento de plantillas suficientes que garanticen la atención a la diversidad, y las labores de refuerzo y coordinación, incrementando el número de profesores de apoyo en los centros rurales.
- Un gran esfuerzo económico para la dotación de recursos suficientes y el diseño de nuevas estrategias y metodologías didácticas para la mejora del proceso de aprendizaje en las zonas rurales.
Como ya hemos nombrado anteriormente a
lo largo de estos informes se puede ir viendo la evolución de
centros escolares en España. Con referencia al modelo CRA vemos los
primeros datos en el curso escolar 1994-1995, en los cursos escolares
anteriores los datos son generales de los Centros que hay en el medio
rural en el territorio español.
A continuación, se muestran los
centros existentes según su número de unidades entre los cursos
1992-1993 y 1994-1995. Se puede observar un detrimento de los mismos
como consecuencia directa de la creación de los CRA.
Tabla
1. Evolución de los centros escolares según sus unidades entre
1992-1995
CENTROS
SEGÚN UNIDADES
|
1992-1993
|
1993-
1994
|
1994-1995
|
1 unidad
|
1433
|
1097
|
556
|
2 unidades
|
710
|
381
|
221
|
3 unidades
|
367
|
230
|
166
|
4 unidades
|
253
|
161
|
133
|
5 unidades
|
215
|
145
|
112
|
Total
|
2978
|
2014
|
1188
|
De los datos anteriores podemos
observar la pérdida de un 60% de los centros, siendo las escuelas
unitarias y las de dos unidades las más reducidas, en un 61% y en un
68%. Las de tres, cuatro y cinco unidades se reducen en un 54%, en un
47% y en un 48% respectivamente. Se puede por tanto confirmar así
que el medio rural está en un proceso de cambio.
Revisando los datos que aportan los
Informes del Consejo Escolar del Estado podemos ver el progreso que
se ha dado en España en la creación y posterior expansión del
modelo CRA.
Tabla
2. Evolución del número de CRA en España entre el curso 1994-1995
y 2010-2011
CURSOS
ESCOLARES – NÚMERO DE CRA
|
||||||||||||||||
94-95
|
95-96
|
96-97
|
97-98
|
98-99
|
99-00
|
00-01
|
01-02
|
02-03
|
03-04
|
04-05
|
05-06
|
06-07
|
07-08
|
08-09
|
09-10
|
10-11
|
346
|
404
|
451
|
454
|
456
|
675
|
632
|
699
|
715
|
715
|
721
|
725
|
752
|
756
|
756
|
747
|
750
|
Como podemos observar en la tabla el
número de CRA ha aumentado en un 54% desde el curso 1994-1995 hasta
el curso 2010-2011.
A partir del curso 1999-2000, los
Informes del Consejo Escolar del Estado, nos muestran los datos por
Comunidades Autónomas.
Tabla 3. Evolución del
número de CRA por CC. AA. entre1999-2011
CC.
AA.
|
99-00
|
00-01
|
01-02
|
02-03
|
03-04
|
04-05
|
05-
06
|
06-
07
|
07-
08
|
08-09
|
09-10
|
10-11
|
Andalucía
|
121
|
81
|
124
|
125
|
125
|
125*
|
125*
|
125*
|
125*
|
125*
|
125*
|
125*
|
Aragón
|
77
|
78
|
78
|
78
|
78
|
78
|
77
|
76
|
76
|
76
|
75
|
76
|
Asturias
|
34
|
34
|
34
|
34
|
34
|
34
|
29
|
29
|
29
|
29
|
31
|
29
|
Cantabria
|
9
|
9
|
9
|
9
|
9
|
9*
|
9*
|
7
|
7
|
7
|
5
|
5
|
Castilla y
León
|
206
|
203
|
201
|
202
|
202
|
200
|
200
|
197
|
198
|
198
|
196
|
197
|
Castilla La
Mancha
|
56
|
56
|
63
|
63
|
63
|
71
|
76
|
75
|
75
|
75
|
72
|
75
|
Cataluña
|
99
|
99*
|
99*
|
103
|
103
|
103*
|
103
|
103
|
103
|
103
|
103
|
103
|
C.
Valenciana
|
-
|
-
|
-
|
10
|
10
|
10*
|
10*
|
44
|
45
|
45
|
45*
|
45*
|
Extremadura
|
40
|
40
|
39
|
40
|
40
|
40
|
40
|
39
|
40
|
40
|
37
|
37
|
Galicia
|
-
|
-
|
19
|
19
|
19
|
20
|
25
|
27
|
27
|
27
|
28
|
27
|
Madrid
|
9
|
9
|
9
|
9
|
9
|
8
|
8
|
8
|
8
|
8
|
8
|
8
|
Murcia
|
12
|
11
|
11
|
11
|
11
|
10
|
10
|
9
|
10
|
10
|
10
|
10*
|
Navarra
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
Rioja
|
11
|
11
|
11
|
11
|
11
|
12
|
12
|
12
|
12
|
12
|
11
|
12
|
TOTAL
|
675
|
632
|
699
|
715
|
715
|
721
|
725
|
752
|
756
|
756
|
747
|
750
|
*Datos de los cursos
anteriores.
Podemos observar que la Comunidad
Autónoma de Navarra ha tenido un solo CRA a lo largo de los todos
estos años y también podemos ver cómo algunas de las CC. AA. han
mantenido su número de CRA, con pocas variaciones, como pueden ser
Aragón, Madrid, Murcia, La Rioja, etc. Y, por último, podemos ver
otras CC. AA. que han aumentado considerablemente su número de CRA;
ejemplo de esto es Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana, etc.
Se trata pues, de un modelo que la
Administración Educativa entiende como adecuado para el medio rural,
ya que cuenta con una trayectoria de más de veinte años.
Para finalizar, según Domingo (2013),
en un estudio realizado en la provincia de Teruel sobre el modelo
CRA. Concluye que el modelo CRA funciona satisfactoriamente en el
medio rural y que los alumnos, maestros, directores, familias,
alcaldes y Directores Provinciales de Educación se sienten
orgullosos del mismo. Garantizando una educación de calidad y una
apuesta de futuro para este medio
Referencias Bibliográficas
ABÓS, P. (2007): La escuela
rural hoy. Revista de
la Confederación Española de asociaciones de Padres y Madres de
Alumnos, sep-dic,
18-24.
BERLANGA, S. (2003): Educación
en el medio rural: análisis, perspectivas y propuestas. Zaragoza:
Mira.
BOIX, R. (2003): Escuela rural
y territorio: entre la desruralización y la cultura local, Erural.
Educación, Cultura y Desarrollo, 1
(1). Universidad de Playa Ancha, Chile.
http://educacion.upa.cl/revistaerural/erural.htm
BOIX, R. (2004): La
escuela rural: funcionamiento y necesidades. Barcelona:
Graó.
BOIX, R. (2007): Algunas
propuestas para la mejora de la escuela rural, Revista
de la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres,
sep-dic, 25-28.
BUSTOS, A. (2009): La escuela
rural española ante un contexto en transformación, Revista
de Educación, 350,
449-461.
BUSTOS, A. (2011): La
escuela rural. Granada:
Octaedro.
CARMENA, R., REGIDOR, J.
(1985): La escuela en
el medio rural. Madrid:
MEC.
COLECTIVO CAMPOS DE CASTILLA
(1987): La escuela
rural: un proyecto educativo en marcha.
Madrid: Narcea.
CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO:
Informes sobre el
Estado y Situación del Sistema educativo.
Informes correspondientes a los cursos 94/95, 95/96, 96/97, 97/98,
98/99, 99/00, 00/01, 01/02, 02/03, 03/04, 04/05, 05/06, 06/07, 07/08,
08/09, 09/10, 10/11, 11/12.
http://www.educacion.es/cesces/texto-informes.htm
CORCHÓN, E. (1997): Estudio
evaluativo de la escuela rural andaluza.
Tesis doctoral no publicada. Granada. Universidad de Granada.
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DE LA
EDUCACIÓN (2000): Congreso
Escuela rural en Aragón. Reto tecnológico, compromiso social e
innovación educativa. Universidad
de Zaragoza.
DOMINGO, V. (2013): Origen
y evolución del modelo CRA – Colegio Rural Agrupado- .Situación
en Aragón y estudio de caso de la realidad turolense. Tesis
doctoral. Universidad de Valencia.
HERNÁNDEZ, J.M. (2000): La
escuela rural en España del siglo XX, Revista
de Educación, 322,
113-136.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
(1945): Ley de 17 de
julio de 1945 sobre Educación Primaria.
BOE nº 199 de 18 de julio de 1945.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
CIENCIA (1970): Ley
14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiación de la
Reforma Educativa.
BOE nº 187 de 6 de agosto de 1970.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
CIENCIA (1983): Real
Decreto 1174/83, de 27 de abril, sobre Educación Compensatoria. BOE
nº 112 de 11 de mayo de 1983.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
CIENCIA (1985): Ley
Orgánica 8/1985 de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la
Educación. BOE nº
159 de 4 de julio de 1985.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
CIENCIA (1986): Real
Decreto 2731/1986, de 24 de diciembre, sobre Constitución de
Colegios Rurales Agrupados. BOE
nº 8 de 9 de enero de 1987.
PONCE de LEÓN, A.; SANZ, E. y
TORROBA, T. (2000): Los colegios rurales agrupados: primer paso al
mundo docente, Contextos
educativos, 3,
315-347.
SANTAMARÍA, R. M. (2006): La
escuela rural: Organización de los centros rurales agrupados,
Revista de Ciencias
de la Educación,
208, 499-517.
Buenas tardes!
ResponderEliminardisculpe la molestia pero me urge localizar su artículo denominado "Didáctica multigrado: la circulación de los saberes en una propuesta diversificada.
Espero me la pueda compartir, saludos.